Sede donde se gestiona
Santander
Lugar de impartición
Santander - Península de la Magdalena (Pedro Salinas)
Dirección
Pedro Martínez PertusaDirector General de la Fundación Notariado. NotarioSecretaría
Luis Hernández LavadoNotarioORGANIZADO EN COLABORACIÓN CON
Descripción de la actividad
En este Encuentro se procederá al estudio de la reciente Ley de contratos de crédito inmobiliario, mediante la que se traspone, parcialmente la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial.
Esta nueva Ley dota de una regulación especial a este tipo de contratos de financiación. En concreto, incrementa los deberes de los prestamistas en la fase previa a la contratación. Especialmente, los referidos a la información que ha de recibir el potencial prestatario antes de contratar y, de otra parte, el referido a la previa evaluación de la solvencia de solicitante de financiación.
La Ley, además, refuerza el control del cumplimiento por las entidades prestamistas de los deberes de información al prestatario. Pues pretende salvaguardar tanto su derecho a obtener, con anticipación suficiente, la información que la ley determina, así como asegurar que comprende el riesgo, económico y jurídico, que asumiría si celebrase el contrato de préstamo.
os notarios asumen esta novedosa función supervisora de la conducta del prestamista, como garante de los derechos de los prestatarios. Al estudio de la misma se dedicará especial atención en este encuentro.
De otra parte, la Ley ha optado por regular determinadas cláusulas que, ordinariamente, se incorporan a este tipo de contrato y que se refieren, unas, tanto a la facultad del prestatario de reembolsar anticipadamente el préstamo, como la del prestamista de darlo por vencido. Y otras, al pacto referido a los intereses de demora o al referido al de reembolso del capital en moneda extranjera. En su regulación, el legislador ha tenido muy presente tanto la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea como de nuestro Tribunal Supremo.
Durante el desarrollo del Encuentro se espera un intercambio de experiencias, conocimientos, conflictos y tratamiento de los mismos que permitan, en último extremo, conocer mejor la Ley, sí como su aplicación, y el modo en el que, a través de ella, se ha incrementado la protección del cliente y ha fortalecido nuestro mercado inmobiliario.