Certificaciones y expedición de título de Doctor

Expedición de título de Doctor/a y Suplemento Europeo al Título

Requisitos para solicitar la expedición de título de Doctor/a

El título de Doctor/a tendrá carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y faculta al estudiante para disfrutar los derechos que a este título otorgan las disposiciones vigentes. Será expedido, en nombre del Rey, por el Rector de la Universidad de acuerdo con los requisitos que se establecen respecto a su formato, texto y procedimiento de expedición en el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

La denominación del título de Doctor será "Doctor o Doctora por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo", e incluirá información que especifique el campo de conocimiento sobre el que se ha elaborado la tesis doctoral, de acuerdo con lo establecido al respecto en el Real Decreto 1002/2010.

Se podrá incluir, en su caso, la mención "cum laude" y, en el anverso del título, podrá figurar la mención de "Doctorado Internacional" y de "Doctorado Industrial".

La solicitud del título implica el cierre del expediente académico, por lo que una vez realizada, no podrán incorporarse nuevas anotaciones en el expediente.

Para iniciar el trámite de solicitud han de cumplirse los siguientes requisitos:

  • Haber superado las correspondientes enseñanzas que tienen como finalidad la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad y que finalizarán con la elaboración y defensa de una tesis doctoral que incorpore resultados originales de investigación.
  • Estar al corriente del pago de la matrícula.
  • Encontrarse depositada en Secretaría General el Acta original de evaluación de la lectura de tesis doctoral.

Suplemento Europeo al Título

La Universidad expedirá, de oficio, el Suplemento Europeo al Título de acuerdo con la legislación vigente en el momento de solicitar la expedición del título de manera conjunta. El Suplemento Europeo al Título es el documento que acompaña al título universitario con la información unificada, personalizada para cada titulado, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior.

Plazos de solicitud de expedición

Los títulos podrán solicitarse a lo largo de todo el curso académico.

Documentación a presentar

  • Solicitud de expedición de Título de Doctor/a (Impresos).
  • Fotocopia actualizada y legible del DNI/Pasaporte/NIE.
  • Estudiantes que sean miembros de familia numerosa o estudiantes con discapacidad: documentación indicada en reducciones y exenciones de tasas.

Presentación de la solicitud

La solicitud podrá presentarse personalmente en la Secretaría de Estudiantes UIMP (C/Isaac Peral, 23. 28040 Madrid) o enviarse por correo electrónico a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Pago

Una vez presentada la solicitud, se entregará al estudiante el recibo de liquidación del precio público para que efectúe el pago mediante ingreso en efectivo en cualquier sucursal bancaria del Banco Santander, o mediante tarjeta de crédito (para lo cual debe acceder a la Secretaría Virtual), o a través de transferencia bancaria (únicamente para los estudiantes que se encuentren desplazados fuera del territorio español).

El importe a ingresar es el que figura en el recibo. Los gastos de transferencia o cualquier otra comisión bancaria deben asumirse por el interesado y no podrán aminorar el importe del precio público del título.

El estudiante deberá enviar a Secretaría de Estudiantes una copia sellada por el Banco del recibo de pago, o bien el justificante del pago realizado mediante tarjeta o transferencia bancaria, indicando: Nombre y apellidos/ DNI, Pasaporte o NIE / código y denominación del estudio / año académico.

Certificación supletoria provisional

Una vez efectuado el pago, se entregará al interesado una certificación supletoria provisional que sustituirá al título oficial, en tanto no se produzca su expedición material, y tendrá idéntico valor a efectos del ejercicio de los derechos inherentes al título. Dicha certificación incluirá los datos esenciales que deben figurar en el título correspondiente y el número de registro nacional de titulados universitarios oficiales, y será firmada por el Rector.

La certificación supletoria provisional tendrá una validez de un año desde la fecha de emisión de la certificación. Este plazo de validez podrá prorrogarse cuando por causas técnicas la Universidad no haya podido expedir el título.

Retirada del título

  • Personalmente por el interesado en la Secretaría de Estudiantes UIMP (C/Isaac Peral, 23. 28040 Madrid), acreditando su identidad con el documento original de DNI (ciudadanos españoles), pasaporte o NIE (ciudadanos extranjeros).
  • Autorizando a otra persona mediante poder notarial para que lo retire en su nombre. Si el poder notarial está expedido en el extranjero deberá estar legalizado y traducido al castellano.
  • Si el interesado no reside en Madrid, podrá solicitar por escrito a la Secretaría General de la UIMP, previo pago de la tasa establecida, la remisión del Título al Área de Alta Inspección de Educación u Oficinas de Educación de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno y/o a la Embajada o Consulado General de España más próximo a su lugar de residencia. El envío se realizará por correo postal certificado. Si elige esta opción el estudiante asumirá los riesgos por pérdida que se pueda ocasionar, asumiendo en su caso, las tasas de reimpresión.
  • Impreso de Solicitud de envío de Título de Doctor/a una vez expedido (Impresos).

Legalización de documentos que han de surtir efectos en el extranjero

Legalización de documentos

Los documentos académicos originales (título, certificación académica o programa de asignaturas) que han de surtir efectos en el extranjero deben legalizarse siguiendo el trámite indicado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y que puede consultarse en este enlace

La legalización de documentos expedidos por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo debe ser solicitada directamente por el interesado o persona debidamente autorizada por él/ella.

Equivalencia al nivel académico de Doctor/a

Procedimiento

La declaración de equivalencia se podrá solicitar de manera simultánea en más de una universidad. No obstante, no podrá ser sometido a trámite de equivalencia en la UIMP el título extranjero que hubiera sido ya declarado equivalente en otra universidad española.

Las solicitudes de declaración de equivalencia del título extranjero de educación superior al nivel académico de Doctor/a serán dirigidas al Rector de la UIMP mediante impreso normalizado. 

Procedimiento

1. El Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente actuará como órgano instructor del procedimiento.

2. Una vez verificadas las condiciones señaladas en el impreso de solicitud, el expediente se remitirá a la Comisión de Estudios de Postgrado de la UIMP,  que, a su vez, propondrá una comisión evaluadora formada por 2 o 3 expertos del ámbito de conocimiento correspondiente que valorará la tesis doctoral atendiendo a los criterios recogidos en esta normativa y emitirá un informe razonado sobre la pertinencia de la equivalencia solicitada.

3. La Comisión de Estudios de Posgrado, a la vista del informe realizado por la comisión evaluadora, elevará al Rector propuesta de resolución mediante un informe motivado que puede ser favorable o desfavorable. 

4. La resolución de equivalencia al nivel académico se adoptará por el Rector y deberá ser emitida y comunicada en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.  La falta de resolución expresa en el plazo señalado permitirá entender  desestimada la solicitud de equivalencia, según se establece en la disposición adicional vigesimonovena de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, y en su Anexo 2.  

5. Una vez dictada resolución, la UIMP lo comunicará a la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a los efectos de su inscripción en la sección especial del Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales.

6. A los efectos de acreditación de la concesión de la equivalencia, la UIMP emitirá el correspondiente certificado, firmado por el Rector, donde hará constar el título extranjero poseído por el interesado y la Universidad de procedencia y en el que figurará el nº de registro del RNTUO asignado. 

La equivalencia al nivel académico de Doctor/a no implica, en ningún caso, la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento de otro u otros títulos extranjeros de los que esté en posesión el interesado, ni el reconocimiento en España a nivel distinto al de doctor/a.

Documentación necesaria para solicitar la equivalencia

  • Solicitud de equivalencia de título extranjero de educación superior al nivel académico de doctor/a y declaración jurada/responsable de no tener concedida la equivalencia del título en otra universidad española (Impresos).
  • Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia (pasaporte, cédula de identidad…) o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería (NIE). En el caso de los ciudadanos españoles, fotocopia compulsada del DNI.
  • Copia compulsada del título cuya equivalencia se solicita. El título deberá ser oficial y estar expedido por las autoridades competentes. Deberá estar legalizado por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de La Haya. Este requisito no se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como Suiza (por acuerdo bilateral con la UE). Se acompañará de una traducción oficial al español en el caso de que el título original se haya expedido en otro idioma.
    En caso de necesitar una traducción oficial, puede encontrar una lista de traductores oficiales en el siguiente enlace: Traductores jurados. Es importante tener en cuenta que solo se aceptarán traducciones realizadas por traductores oficiales, ya que estas garantizan la exactitud y la validez legal de los documentos.
  • Copia compulsada de la certificación académica de los estudios previos realizados por el solicitante para la obtención del título de doctor/a. La certificación académica deberá ser oficial y estar expedido por las autoridades competentes. Deberá estar legalizada por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de La Haya. Este requisito no se exigirá a los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como Suiza (por acuerdo bilateral con la UE). Se acompañará de una traducción oficial al español en el caso de que el título original se haya expedido en otro idioma.
  • Copia compulsada de la certificación oficial en la que consten los datos de lectura de la tesis (fecha de lectura y calificación), con indicación de los miembros del Tribunal o Comisión. Esta documentación deberá estar legalizada por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de La Haya. Este requisito no se exigirá a los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como Suiza (por acuerdo bilateral con la UE). Se acompañará de una traducción oficial al español en el caso de que el título original se haya expedido en otro idioma.
  • Memoria explicativa de la tesis en castellano o inglés (máximo 10 páginas).
  • Un ejemplar de la tesis (en formato digital o en papel).
  • Currículum vitae en castellano o inglés (máximo 5 páginas).

La Comisión de Estudios de Posgrado de la Universidad podrá solicitar documentación complementaria si lo considera necesario. En caso de duda sobre la autenticidad, validez o contenido de los documentos aportados, el órgano instructor podrá efectuar las diligencias necesarias para su comprobación, así como dirigirse a la autoridad competente expedidora de los mismos para validar los extremos dudosos. Una vez revisada la documentación la UIMP le hará llegar la carta de pago para el abono de las tasas de tramitación.

Las solicitudes podrán presentarse en:

1. De manera presencial:

En el Registro General y Registros Auxiliares de la UIMP. Dirección: Universidad Internacional Menéndez Pelayo. C/ Isaac Peral, 23. 28040, Madrid - España.

Dirección: Universidad Internacional Menéndez Pelayo. Av. de los Castros, 42. 39005, Santander – España.

En las oficinas de asistencia en materia de registros (Administración General del Estado, de las comunidades autónomas y de la Administración local, integrados en el Sistema de Interconexión de Registros): https://administracion.gob.es/pagFront/atencionCiudadana/oficinas/encuentraOficina.htm#.X32cgdkzZhE

- En las oficinas de Correos mediante envío postal certificado en sobre abierto (con coste) Dirección: Universidad Internacional Menéndez Pelayo. C/ Isaac Peral, 23. 28040, Madrid- España.

- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España acreditadas en el extranjero.

 

2. De manera telemática:

- Si dispone de DNI electrónico o certificado electrónico puede presentar su solicitud original en el siguiente enlace: https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/REC.html#.X3b2Y2gzbIU